Auto Supremo AS/0662/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0662/2015

Fecha: 23-Sep-2015

Que, el proteccionismo laboral está reconocido entonces, tanto en la norma fundamental, como en las

Que, el proteccionismo laboral está reconocido entonces, tanto en la norma fundamental, como en las normas infra constitucionales de carácter sustantivo y procesal; en ese sentido se tiene, como parte del proteccionismo, el principio de la inversión de la prueba, que deviene del hecho que, al ser manifiesta la desigualdad existente entre el trabajador y el empleador, a tiempo de tener acceso a la prueba idónea para acreditar o desvirtuar determinados asuntos laborales, como por ejemplo a la prueba documental, el legislador, con el ánimo de compensar esta situación, ha previsto que en los procesos laborales la carga de la prueba es obligatoria para la parte patronal y facultativa para el trabajador, conforme disponen los arts. 3.h), 66 y 150 del CPT