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    Auto Supremo AS/0671/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0671/2015

    Fecha: 28-Sep-2015

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    • VISTOS: El recurso de casación en el fondo y la forma interpuesto por Luis Armando
    • Dicha resolución, motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo por
    • Acusa violación del art 236 del CPC referido a la pertinencia de la resolución toda
    • 3) Acusa que no existe pronunciamiento respecto a las multas que le fueron impuestas mediante
    • 4) Refiere que tampoco existe pronunciamiento respeto a la factura 3326 de 23 de diciembre
    • 1) Al amparo del art
    • 2) Acusan error de hecho en la apreciación de la prueba al amparo del art
    • CONSIDERANDO II
    • En este contexto; resulta imperioso elucidar que la motivación de las resoluciones judiciales constituye un
    • Ello implica que todo administrador de justicia que deba resolver una controversia sometida a su
    • En esa línea, el Tribunal Constitucional Plurinacional, estableció que la fundamentación y motivación que realice
    • En consecuencia, la motivación de las resoluciones judiciales está sujeta ineludiblemente a circunstancias que encuentran
    • Pues al contrario, cuando se emite únicamente la conclusión a la que ha arribado el
    • En la especie, de la revisión de los antecedentes que informan al proceso se advierte
    • En consecuencia, por los fundamentos anteriormente expuestos, corresponde fallar conforme los arts
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • No siendo excusable el error cometido, se impone la multa de Bs
    • En cumplimiento a lo previsto en el art
    • Regístrese, Notifíquese y devuélvase
    • Firmado

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