Auto Supremo AS/0671/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0671/2015

Fecha: 28-Sep-2015

En consecuencia, por los fundamentos anteriormente expuestos, corresponde fallar conforme los arts

En consecuencia, por los fundamentos anteriormente expuestos, corresponde fallar conforme los arts. 252 y 271.3) del CPC