Auto Supremo AS/0671/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0671/2015

Fecha: 28-Sep-2015

No siendo excusable el error cometido, se impone la multa de Bs

No siendo excusable el error cometido, se impone la multa de Bs. 200.- (Doscientos 00/100 Bolivianos) al Tribunal Ad quem por la manifiesta inobservancia de la normativa descrita, a ser descontado de su haber mensual, a tal efecto hágase conocer la presente Resolución a la Dirección General, Administrativa y Financiera del Órgano Judicial