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    Auto Supremo AS/0682/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0682/2015

    Fecha: 28-Sep-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • CONSIDERANDO I
    • Dicha resolución fue recurrida en apelación por la parte demandada (fs
    • El mencionado Auto de Vista fue complementado y enmendado mediante Auto de 1 de agosto
    • El mencionado Auto de Vista originó que la parte demandada formule el recurso de casación
    • Que se presentó como prueba de descargo los balances de las gestiones 2006 y 2007
    • Concluyó solicitando que se case el Auto de Vista N° 103/2011 de 9 de mayo,
    • Que así formulado el recurso de casación en el fondo, analizando las infracciones que se
    • Se debe tener en cuenta también el principio de la inversión de la prueba, establecido
    • Ahora, es preciso indicar también respecto a la valoración probatoria, que el juzgador tiene el
    • Bajo este marco normativo, respecto al primer reclamo, donde se acusó falta de valoración de
    • Respecto al segundo reclamo, donde la parte recurrente señaló que la confesión provocada cursante a
    • Finalmente sobre el reclamo tercero, referente a las primas por las gestiones 2006 y 2007,
    • En tal sentido, siendo que por la misma prueba presentada por la parte demandada mediante
    • Por consiguiente, al no ser evidentes las infracciones normativas denunciadas en el recurso de casación
    • Se regula honorario profesional de abogado en el monto de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase

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