Auto Supremo AS/0682/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0682/2015

Fecha: 28-Sep-2015

El mencionado Auto de Vista originó que la parte demandada formule el recurso de casación

I.2 Motivos del recurso de casación
El mencionado Auto de Vista originó que la parte demandada formule el recurso de casación en el fondo cursante de fs. 162 a 164 vta., que en lo esencial de su contenido señaló que el juzgador y el Tribunal Ad quem incurrieron en error de derecho y de hecho en la valoración de las pruebas, indicando:
Que la prueba cursante a fs. 109 no fue valorada correctamente, con la que se demostró que el aguinaldo de la gestión 2006 fue cancelado a la actora en fecha 20 de diciembre de 2006, por lo que no corresponde el pago doble liquidado por el Tribunal de Alzada.
Que la confesión provocada cursante a fs. 93 no fue valorada, puesto que en el sexto punto de la misma se admitió que el trabajo de los domingos se realizaba por turnos, y que por tanto la actora solo trabajaba un domingo al mes, siendo que realmente trabajó 8 domingos del primer periodo