Auto Supremo AS/0685/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0685/2015

Fecha: 28-Sep-2015

Concluyeron solicitando que se anule obrados hasta el vicio más antiguo, o que se case

Señalaron que, el Tribunal ad quem violó el art. 161.c) del CPT, puesto que el acta de conciliación ofrecida como prueba de cargo debió ser presentada en copia legalizada, por lo que dicha documental no es un medio de prueba idóneo, toda vez que el Ministerio del Trabajo jamás buscará un justo equilibrio entre las partes en conflicto, y que la suma de dinero que se calculó en dicha acta de conciliación arroja un monto arbitrario y discrecional, porque no había ningún elemento que acredite el salario del demandante durante los 3 últimos meses antes de la supuesta ruptura laboral, advirtiéndose error de hecho sobre esta prueba y su valoración.
I.2.3. Petitorio
Concluyeron solicitando que se anule obrados hasta el vicio más antiguo, o que se case el Auto de Vista N° 279/2011 de 30 de agosto, declarándose improbada la demanda, con imposición de multa al inferior por los gastos ocasionados y con costas