Auto Supremo AS/0685/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0685/2015

Fecha: 28-Sep-2015

Que, a José García Sandoval se le notificó con la demanda y su admisión en

Que, a José García Sandoval se le notificó con la demanda y su admisión en la carpintería de calle Tréveris s/n (fs. 6 y 8); sin embargo, no fue notificado con ningún otro actuado, violando de esta manera su derecho a la defensa y a la igualdad que se encuentran consagrados en los arts. 14.I, II, III y V, 115.II y 119.II de la Constitución Política del Estado (CPE), puesto que de acuerdo al art. 68 del Código de Procedimiento Civil (CPC) debió ser notificado con el Auto N° 0007/2011 de 26 de mayo a fs. 10, en su domicilio, ya que esta norma en contraste con el art. 141 del CPT, resulta más favorable y compatible con las garantías constitucionales, siendo también que según las Sentencias Constitucionales (SSCC) N° 1125/2003 de 12 de agosto y 136/2004 de 2 de febrero, se le debió nombrar defensor de oficio en cumplimiento al art. 203 de la CPE