Auto Supremo AS/0685/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0685/2015

Fecha: 28-Sep-2015

El mencionado Auto de Vista originó que los demandados formulen los recursos de casación en

I.1.2. Auto de Vista
Dicha resolución fue recurrida en apelación por la parte demandada fs. 32 a 33, mereciendo el Auto de Vista N° 279/2011 de 30 de agosto de fs. 51 a 52 vta., por el cual, la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, resolvió confirmar en todas sus partes la Sentencia N° 003/2011 de 20 de junio, cursante de fs. 27 vta., a 29, con costas en ambas instancias.
I.2. Motivos de los recursos de casación
El mencionado Auto de Vista originó que los demandados formulen los recursos de casación en la forma y en el fondo cursantes de fs. 59 a 63 y 65 a 67 vta., advirtiéndose que si bien los mismos fueron presentados por separado, contienen los mismos planteamientos, correspondiendo a este Tribunal resolver ambos conjuntamente, de lo cual en lo esencial de su contenido señalan:
I.2.1. Recursos de casación en la forma
El Tribunal de apelación no revisó de oficio los plazos y las leyes que norman la tramitación y conclusión del proceso, conforme dispone el art. 15 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), siendo que todo el proceso se desarrolló en flagrante violación de su derecho a la defensa