Auto Supremo AS/0694/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0694/2015

Fecha: 28-Sep-2015

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm

Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas en los arts. 252, 271.3), 275 del Código de Procedimiento Civil y 17.I de la Ley del Órgano Judicial, aplicables por mandato del art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, ANULA obrados hasta el sorteo de fs. 378 vta., inclusive, debiendo el Tribunal ad quem, previo sorteo y sin espera de turno, pronunciar nueva resolución, conforme a los fundamentos del presente fallo