Auto Supremo AS/0700/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0700/2015-RRC-L

Fecha: 25-Sep-2015

El art


III.2.Los delitos de Calumnia y Propalación de Ofensas.

El art. 283 del CP establece: “(Calumnia). El que por cualquier medio imputare a otro falsamente la comisión de un delito, será sancionado con privación de libertad de seis meses a tres años y multa de cien a trescientos días”