Alegó que ante su protesta, el Presidente, sin ninguna fundamentación y sin consultar con los
Alegó que ante su protesta, el Presidente, sin ninguna fundamentación y sin consultar con los demás miembros del Tribunal, admitió y judicializó la prueba de descargo cuestionada por escrito y de forma oral. Aseveró que dicho episodio no consta en el acta de celebración de audiencia de juicio de fechas 18 y 20 de noviembre de 2009. Afirmó que al no considerar el incidente planteado, se vulneró el art. 345 del CPP, incurriendo en defectos descritos en los incs. 1) y 3) del art. 169 del CPP y en contradicción con el Auto Supremo 320 de 14 de junio de 2003
- Por memorial presentado el 8 de junio de 2010, cursante de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular David Gordon Oropeza Turner en
- Del recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 358/2015-RA-L de 6 de julio
- La parte recurrente, denuncia que el Tribunal de alzada no se pronunció sobre dos motivos
- Solicita, en suma, que se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se
- I.1.3. Respuesta de la parte contraria
- Los imputados Darwin Ray Nilsson y Regina Marie Nilsson, remitiéndose al memorial de contestación al
- I.2. Admisión del recurso
- Conforme el Auto de admisión 358/2015-RA de 6 de julio, el análisis de fondo de
- Por memorial cursante de fs
- b) Incumplimiento del art
- Alegó que ante su protesta, el Presidente, sin ninguna fundamentación y sin consultar con los
- c) Acusó errónea aplicación del art
- II.2. Del Auto de Vista
- Previas consideraciones respecto a los delitos de Estafa y Estelionato, el Tribunal de alzada concluyo
- El recurrente invocó en calidad de precedentes contradictorios, los Autos Supremos 438 de 24 de
- El Auto Supremo 437 de 24 de agosto de 2007, cuyo supuesto fáctico se encuentra
- De la verificación de ambos fallos, se advierte que únicamente el primero (A
- Por lo señalado, corresponde verificar la existencia de contradicción únicamente con el Auto Supremo
- III.2. Análisis del caso en concreto
- Conforme se tiene del apartado “I
- Ahora bien, en este punto corresponde hacer hincapié en que, el art
- Analizados los antecedentes del proceso, cuyas partes relevantes y pertinentes al caso en análisis se
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
