Auto Supremo AS/0773/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0773/2015

Fecha: 10-Sep-2015

Sobre el agravio citado, en cuanto a la errónea valoración de la documental de fs

Sobre el agravio citado, en cuanto a la errónea valoración de la documental de fs. 65, del análisis de esta documental, es evidente que la misma, tiene por finalidad la disolución de la compra venta de acciones y derechos de la “ESCRITURA PUBLICA Nº 254”, suscrito entre Benjamín Siñani y Eva Butrón de Siñani en su calidad de compradores y de Marcial Calderón Rivero en su calidad de vendedor, sobre una venta del 25 % de acciones y derechos de un inmueble ubicado en la zona de Pura Pura, Calle Daniel Salamanca Nº 235, documental como bien señala la recurrente deja sin efecto una venta de acciones y derechos, misma que surte efectos jurídicos entre partes suscribientes, empero, esta prueba a los efectos de la presente causa resulta intrascendente, es decir, que no afecta al caso de Autos, ya que, el documento antes citado va a dejar sin efecto la “ESCRITURA PUBLICA Nº 254”, Escritura Pública que no es objeto de reclamo u observación en la presente causa, ya que, la compra y venta de acciones que da origen al derecho propietario de los demandantes, es la escritura Publica Nº “292”, y no la “254”, razón por la que el documento de fs. 65 no llega a afectar al presente caso de Autos, donde no está en discusión los derechos emergentes de la Escritura Pública Nº 254, resultando intrascendente su agravio