b) Denuncia el incumplimiento de lo dispuesto en el Auto Supremo 61 de 27 de
b) Denuncia el incumplimiento de lo dispuesto en el Auto Supremo 61 de 27 de enero de 2007, que estable la necesidad de celebración de la audiencia de fundamentación oral del recurso de apelación restringida a fin de garantizar los principios de publicidad, oralidad e inmediación, aspecto que no aconteció en la emisión del Auto de Vista recurrido, pues si bien el Tribunal de alzada en atención a lo previsto en el Auto Supremo 14/2013-RRC, emitió nueva resolución, sin embargo, previo a dicho cumplimiento no se consideró que los Vocales suscribientes de la Resolución recurrida no son los mismos que estuvieron en la audiencia de fundamentación de su recurso incurriendo en contradicción al precedente citado así como los Autos Supremos 494 de 15 de noviembre de 2005 y 565 de 1 de octubre de 2004
- Por memorial presentado el 18 de febrero de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c) El 11 de febrero de 2014 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- b) Denuncia el incumplimiento de lo dispuesto en el Auto Supremo 61 de 27 de
- c) El Tribunal de alzada en la página 8, penúltima página del Auto de Vista
- d) Invocando los Autos Supremos 6 de 26 de enero de 2007, 309/2012 de 29
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 11 de febrero de 2014 (fs
- En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad se tiene
- Respecto del segundo motivo en el que se denuncia el incumplimiento de lo dispuesto en
- Al tercer motivo, referida a la denuncia de que el Tribunal de alzada no aplico
- En cuanto al cuarto motivo, en el que se denuncia incongruencia omisiva y falta de
- Respecto de los Autos Supremos 494 de 15 de noviembre de 2005 y 564 de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
