De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
a) Haciendo referencia a lo resuelto por Autos Supremos 69/2012-RA de 23 de abril y 14/2013-RRC de 6 de febrero, el recurrente señala que ante la denuncia de defectos absolutos, debe operar la flexibilización en la admisibilidad de su recurso de casación, denunciando que en su caso se vulneró su derecho a la defensa y por ende al debido proceso, refiriendo que el Tribunal de alzada incumplió los plazos procesales en la emisión del Auto de Vista recurrido pues, la fecha de emisión de este (19 de noviembre del 2013) resultaría mentirosa ya que existen oficios remitidos por el Tribunal Segundo de Sentencia en los cuales se solicitaba a los vocales que remitan el cuaderno procesal para la Resolución de la excepción de extinción de la acción penal formulada por su parte, sin embargo, recién es notificado con la Resolución citada el 11 de febrero de 2014, es decir 83 días después de lo que obliga la ley, recayendo en retardación de justicia. Este aspecto acreditaría que el Tribunal de alzada incumplió su obligación de remitir los antecedentes ante el Tribunal de Sentencia para la resolución de la excepción planteadas misma que es de previo y especial pronunciamiento previsto por el art. 308 del CPP, sin embargo, pese a tener conocimiento incurren en el ilícito de prevaricato al dictar la Resolución hoy recurrida
- Por memorial presentado el 18 de febrero de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c) El 11 de febrero de 2014 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- b) Denuncia el incumplimiento de lo dispuesto en el Auto Supremo 61 de 27 de
- c) El Tribunal de alzada en la página 8, penúltima página del Auto de Vista
- d) Invocando los Autos Supremos 6 de 26 de enero de 2007, 309/2012 de 29
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 11 de febrero de 2014 (fs
- En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad se tiene
- Respecto del segundo motivo en el que se denuncia el incumplimiento de lo dispuesto en
- Al tercer motivo, referida a la denuncia de que el Tribunal de alzada no aplico
- En cuanto al cuarto motivo, en el que se denuncia incongruencia omisiva y falta de
- Respecto de los Autos Supremos 494 de 15 de noviembre de 2005 y 564 de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
