Por memorial presentado el 18 de febrero de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 029/2016-RA
Sucre, 19 de enero de 2016
Expediente: Santa Cruz 104/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Félix Enrique Pérez Ramos
Delitos: Violación de Niño, Niña o Adolescente
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de febrero de 2014, cursante de fs. 531 a 538 vta., Félix Enrique Pérez Ramos, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 238 de 19 de noviembre de 2013, de fs. 524 a 528, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Zinaida Hussene Amad Damao contra él recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 029/2016-RA
Sucre, 19 de enero de 2016
Expediente: Santa Cruz 104/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Félix Enrique Pérez Ramos
Delitos: Violación de Niño, Niña o Adolescente
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de febrero de 2014, cursante de fs. 531 a 538 vta., Félix Enrique Pérez Ramos, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 238 de 19 de noviembre de 2013, de fs. 524 a 528, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Zinaida Hussene Amad Damao contra él recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 18 de febrero de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c) El 11 de febrero de 2014 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- b) Denuncia el incumplimiento de lo dispuesto en el Auto Supremo 61 de 27 de
- c) El Tribunal de alzada en la página 8, penúltima página del Auto de Vista
- d) Invocando los Autos Supremos 6 de 26 de enero de 2007, 309/2012 de 29
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 11 de febrero de 2014 (fs
- En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad se tiene
- Respecto del segundo motivo en el que se denuncia el incumplimiento de lo dispuesto en
- Al tercer motivo, referida a la denuncia de que el Tribunal de alzada no aplico
- En cuanto al cuarto motivo, en el que se denuncia incongruencia omisiva y falta de
- Respecto de los Autos Supremos 494 de 15 de noviembre de 2005 y 564 de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
