Auto Supremo AS/0048/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0048/2016-RRC

Fecha: 21-Ene-2016

Continuando con el fundamento de su recurso, hace constar, que interpuso recurso de apelación reclamando


Continuando con el fundamento de su recurso, hace constar, que interpuso recurso de apelación reclamando la errónea aplicación del principio iura novit curia, en la que habría incurrido el Tribunal de Sentencia respecto a la subsunción de la conducta del imputado; por cuanto, cambió el tipo penal de Homicidio por Encubrimiento, disponiéndose por Auto Supremo 769/2014-RRC, que el Tribunal de alzada emita nuevo Auto de Vista, analizando si la variación en que incurrió el Tribunal de Sentencia implicó una modificación o inclusión de hechos que no habrían sido contemplados en la acusación; sin embargo, la recurrente extraña dicho análisis en el Auto de Vista ahora impugnado, de donde arguye, que no existe fundamentación sobre lo ordenado, afirmando, que tampoco existe fundamentación sobre su apelación en cuanto a su reclamo, de porqué se dictó Sentencia por un tipo penal diferente al acusado, no estableciéndose si su planteamiento fue correcto o no; por cuanto, lo que se habría investigado sería la muerte de su hermano, sustanciándose el juicio por ese hecho, no habiéndose invocado nuevos hechos; careciendo la resolución ahora recurrida de fundamentación; a cuyo efecto, invoca el Auto Supremo 448/2007 de 12 de septiembre; afirma que además, inobservó los arts. 413 y 414 del CPP, pues al haber surgido el defecto en Sentencia, no era necesario anular todo el proceso, pudiendo el Tribunal de alzada dictar resolución directamente observando los principios de congruencia y motivación, caso contrario tendría que modificar su acusación por el delito de Encubrimiento para que coincida con la Sentencia, ocasionándole vulneración de sus derechos de acceso a la justicia, celeridad procesal, a una Resolución fundamentada y al debido proceso, invocando al efecto los Autos Supremos 349/2011 de 15 de junio y 344/2011 de 15 de junio