Auto Supremo AS/0053/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0053/2016-RRC

Fecha: 21-Ene-2016

“El debido proceso se manifiesta en que las partes procesales gocen de los derechos y


El Auto Supremo 236 de 7 de marzo de 2007, que sentó doctrina legal al resolver un caso en el que se alegó inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, previsto en el art. 370 inc. 1) del CPP, determinó el siguiente entendimiento doctrinal:

“El debido proceso se manifiesta en que las partes procesales gocen de los derechos y garantías previstas para que la investigación y juzgamiento se desarrollen en el marco del respeto a los derechos fundamentales de la persona, sea aquella el acusador particular o público, y el acusado; precepto al que se suma el derecho a la seguridad jurídica, debiendo la actividad jurisdiccional esmerarse para brindar a los administrados la seguridad que las decisiones se enmarquen en los preceptos establecidos en la Constitución Política del Estado, Los Tratados y Convenios Internacionales, y la Ley