Auto Supremo AS/0054/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0054/2016

Fecha: 29-Ene-2016

De todos estos antecedentes se infiere, que los demandados reconvencionistas no tuvieron una pacífica posesión

De todos estos antecedentes se infiere, que los demandados reconvencionistas no tuvieron una pacífica posesión sobre el inmueble, pues las demandas interpuestas en su contra de los hoy recurrentes, dan cuenta que la demandante María Paye Quispe reclamó el derecho propietario que le asiste sobre el inmueble y la posesión inherente a ella, conducta que denota los demandados no cumplieron con los presupuestos para la procedencia de la usucapión que es la continuidad e ininterrupción en su posesión sobre el inmueble objeto de Litis, toda vez que al haber la actora interpuesto las demandas en fechas 19 de diciembre de 2001 y 21 de agosto de 2003, se ha interrumpido el computo de la prescripción adquisitiva de la usucapión, por cuanto no cumple con lo normado por el art. 138 del Código Civil es decir los diez años, por cuanto sus reclamos devienen en infundados