Auto Supremo AS/0327/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0327/2016

Fecha: 05-Oct-2016

La entidad recurrente cuestiona en primer lugar la interpretación normativa que el Juez de primera

La entidad recurrente cuestiona en primer lugar la interpretación normativa que el Juez de primera instancia y el Tribunal de apelación efectuaron de la Ley N° 321, puesto que acusa la indebida aplicación de la mencionada Ley y la indebida aplicación también del DS N° 110 de 01 de mayo de 2009, ya que la primera sería aplicable sólo a los trabajadores permanentes o de planta, cuya condición no correspondería a la demandante, sino la de servidor público sujeto a contrato a plazo fijo