Auto Supremo AS/0338/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0338/2016

Fecha: 10-Oct-2016

Manifiesta que, el Auto de Vista solo hace una referencia doctrinal y fundamentación legal sobre

Manifiesta que, el Auto de Vista solo hace una referencia doctrinal y fundamentación legal sobre los elementos de la relación laboral, sin ingresar de ninguna forma a individualizar la valoración de la prueba y su relación causal con el decisorio, que se traduciría en una falta de fundamentación, debido a que la Empresa demostró con los comprobantes de egreso de fs. 14 a 23 y 26 a 41, el pago por honorarios profesionales situación que guarda relación con el contrato de consultoría, así como las planillas de pago cursantes en anexos en los que se encuentra dos segmentos de trabajadores de planta por una parte y por otra las personas que realizaban trabajo de consultoría pagando a los primeros mediante planillas y a los segundos mediante comprobante y cheque bancario; que no existió subordinación puesto que los consultores ahora demandantes realizaban su trabajo bajo su propia dirección y con el único objetivo de entregar un producto; señala que no existió remuneración sino pago de honorarios de acuerdo a los comprobantes de ingreso, lo contrario representa vulneración al principio de igualdad procesal, la sana critica, el principio de legalidad; finalmente en cuanto al trabajo por cuenta ajena indica que, el Auto de Vista no explica o especifica en qué consistiría la misma, tampoco señala la naturaleza del trabajo que desarrollaban los demandantes, y no esa fundamentado en pruebas y datos del proceso