- CONSIDERANDO I
- En grado de apelación formulada por Karin Silvina Oporto Esteban y Jaime Marcelo Sánchez Dunn,
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo (fs
- Dando cumplimiento a Auto Supremo señalado, la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental
- Resolución de Segunda Instancia, contra la que se interpusieron los recursos de casación en la
- El Auto de Vista citado, motivó el recurso de casación en la forma de fs
- Indicó que, el Auto de Vista impugnado considera de forma muy general y amplia las
- Manifiesta que, el Auto de Vista solo hace una referencia doctrinal y fundamentación legal sobre
- Señala que, el Auto de Vista desconoció el principio de primacía de la voluntad de
- Denuncia mala aplicación de la norma para establecer los beneficios sociales y otros beneficios, demostrando
- Manifiesta que, ninguno de los conceptos del supuesto adeudo social se encuentran fundamentados, lo que
- Finalmente señala que, plantea el recurso de casación en la forma por la falta de
- Concluyó el recurso, solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, dicte Auto Supremo determinando la
- De la revisión de antecedentes y pese a su legal notificación (fs
- Mediante Auto Supremo Nº 226-A, de 28 de julio de 2016, la Sala Contenciosa,
- Que, así admitido el recurso de casación en la forma, de la revisión de su
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- Por otra parte, en cuanto al sueldo promedio indemnizable, señaló:” (…) este no fue objeto
- Del contenido del Auto de Vista descrito precedentemente, se puede evidenciar que el Tribunal de
- Finalmente, corresponde establecer que, si bien la entidad recurrente planteo recurso de casación en la
- Excepcionalmente podrá efectuarse una revaloración de la prueba, a través del recurso de casación en
- Por otra parte, corresponde también establecer, que en material laboral se aplica el principio
- Por lo expuesto, no siendo evidentes las acusaciones alegadas por la institución recurrente en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula el honorario del profesional abogado de la parte demandante en la suma de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
