Auto Supremo AS/0412/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0412/2016

Fecha: 31-Oct-2016

a) Violación a los arts

I.1.2. Auto de Vista
En conocimiento del precitado fallo, el demandante opuso recurso de apelación conforme fluye de fs. 124 y vta., que fue resuelto por Auto de Vista Nº 41/2016 de 17 de febrero, corriente a fs. 133 a 135, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, de la Niña, Niño y Adolescente del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, que revocó parcialmente la Sentencia y la declaró probada en parte, determinando el pago de Subsidio de Frontera a favor del demandante en la suma de Bs.37.482.- (treinta y siete mil cuatrocientos ochenta y dos 00/100 bolivianos), que deberá cancelarse dentro de tercero día de ejecutoriada dicha resolución.

Luego, de oficio la misma Sala dispuso mediante Auto Complementario Nº 16/16 de 24 de febrero a fs. 136, la modificación de la suma correcta que debe ser cancelada al actor el monto de Bs. 43.740.-
I.2. Motivos de los recursos de casación
Contra estas resoluciones, la entidad municipal demandada por intermedio del abogado apoderado, Jacinto Condori Tórrez, opone recurso de casación en el fondo, señalando en síntesis lo siguiente:
a) Violación a los arts. 4 y 5 de la Ley 2042 y D.S. 28421 modificado por el D.S. 29565, porque el tribunal de alzada desconoció artículos de la Ley Nº 2042; y que habría expresado que el demandante se encuentra dentro del ámbito laboral, sin justificación alguna y aplicando erróneamente las disposiciones insertas en la Ley 321 y D.S. 110