Auto Supremo AS/0412/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0412/2016

Fecha: 31-Oct-2016

c) Violación del inc

b) Incorrecta aplicación del art. 12 del D.S. 21137, porque el tribunal de apelación habría dispuesto el pago del subsidio de frontera, basándose en la mencionada disposición legal; y, también indica que el demandante prestó servicios bajo “contrato de servicios de consultoría en línea” en algunas gestiones; y, aludiendo a la “Ley Nº 065”, indica que los consultores no tienen derecho a percibir ningún beneficio, menos subsidio de frontera.
c) Violación del inc. c) del art. 127 del Código Procesal del Trabajo y art. 1510.2 del Código Civil, porque el tribunal de alzada no tomó en cuenta la prescripción que en el ámbito laboral, los derechos prescriben en dos años