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    Auto Supremo AS/0834/2016-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0834/2016-RA

    Fecha: 21-Oct-2016

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    • Por memorial presentado el 6 de septiembre de 2016, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • 2) A tiempo de resolver el agravio de errónea aplicación de la norma sustantiva, el
    • 3) Denuncia que el Tribunal de apelación a tiempo de resolver el motivo fundado en
    • 4) Que, el Tribunal de alzada a tiempo de resolver el defecto de sentencia previsto
    • 5) Que el Ad quem, a tiempo de resolver el motivo de apelación fundado en
    • 6) El Tribunal de apelación había omitido pronunciarse sobre el fondo del agravio consistente en
    • 7) Que el Tribunal de apelación a tiempo de resolver el quinto agravio de su
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • a la parte y por lo tanto aquella resolución judicial no le genere agravio alguno,
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
    • En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, en el primer motivo de
    • En el segundo motivo de casación, los recurrentes a tiempo de denunciar que el Tribunal
    • En el tercer motivo de casación, los imputados alegan que el Tribunal de alzada incurrió
    • En el cuarto motivo de casación, los imputados a tiempo de alegar que el Tribunal
    • En el quinto motivo de casación, los imputados alegan que el Tribunal de alzada incurrió
    • En el sexto motivo de casación, los recurrentes a tiempo de alegar que el Tribunal
    • En el análisis de fondo no se tomará en cuenta el Autos Supremos 200/2012-RRC de
    • En el séptimo motivo de casación, los recurrentes a tiempo de alegar que el argumento
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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