Auto Supremo AS/0834/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0834/2016-RA

Fecha: 21-Oct-2016

En el séptimo motivo de casación, los recurrentes a tiempo de alegar que el argumento


En el séptimo motivo de casación, los recurrentes a tiempo de alegar que el argumento del Tribunal de alzada al resolver el agravio fundado en la existencia del defecto previsto por el inc. 11) del art. 370 del CPP, en sentido de que no existe un hecho distinto al atribuido en el pliego acusatorio, sin tomar en cuenta que fueron acusados por utilizar la declaratoria de herederos el 17 de febrero del 2011 y no por haber obtenido el testimonio de declaratoria de herederos; no invocaron ningún precedente contradictorio, en consecuencia no precisaron ninguna contradicción con el motivo traído en casación, sin embargo, vincularon el motivo a la vulneración de su derecho a la defensa, tutela judicial efectiva e igualdad de las partes, tutelados por los arts. 119, 115 y 119 de la CPE, cumpliendo con proveer los requisitos mínimos para la admisión vía flexibilización