Auto Supremo AS/0834/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0834/2016-RA

Fecha: 21-Oct-2016

7) Que el Tribunal de apelación a tiempo de resolver el quinto agravio de su


7) Que el Tribunal de apelación a tiempo de resolver el quinto agravio de su recurso de apelación restringida, fundado en la existencia del defecto de sentencia previsto por el inc. 11) del art. 370 del CPP, de manera escueta había argumentado que no se trata de un hecho distinto al atribuido en el pliego acusatorio, sino que la sentencia responde adecuadamente a la acusación; argumento del Ad quem, que a decir de los imputados hoy recurrentes, les causa perjuicio y vulnera su derecho a la defensa y tutela judicial efectiva, tutelados por los arts. 119 y 115 de la CPE, pues según refieren en acusación se les había atribuido de utilizar la declaratoria de herederos el 17 de febrero del 2011, más no se había acusado de haber tramitado la declaratoria de herederos y que dicho acto constituiría delito; por lo que, el Auto de Vista había vulnerado el art. 362 del CPP y el derecho a la igualdad de partes tutelado por el art. 119 de la CPE