II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Cita los arts. 178.I y 180.I de la Constitución Política de Estado y los arts. 3.2 y 30.1, 4, 5, 6, 7 y 11 de la LOJ, e indica que el Auto de Vista tomó en cuenta un error inexistente para anular la Sentencia, refiere que la Juez estableció la verdad material, alegan que únicamente se dio lectura de los folios 29 y 30, ya que la Juez en fs. 33 hubiera observado que el contrato de 14 de septiembre está suscito por Vladimir Lidio Herrera Medina, y por dicho efecto se amplió la demanda solicitando que se rescinda el contrato de 14 de septiembre de 2010 conforme al escrito de fs. 34 que fue admitió en fs. 35 a partir de ello sucedieron las consecuencias como la minuta de 15 de julio de 2011 y la E.P. Nº 961/2011; señala que la misma fue introducida en el Auto de fs. 82 que fija los puntos de hechos a ser demostrados y en sentencia de decidió sobre dicho contrato, deduciendo que se aplicó indebidamente el art. 190 del Código de Procedimiento Civil al caso presente
Cita los arts. 178.I y 180.I de la Constitución Política de Estado y los arts. 3.2 y 30.1, 4, 5, 6, 7 y 11 de la LOJ, e indica que el Auto de Vista tomó en cuenta un error inexistente para anular la Sentencia, refiere que la Juez estableció la verdad material, alegan que únicamente se dio lectura de los folios 29 y 30, ya que la Juez en fs. 33 hubiera observado que el contrato de 14 de septiembre está suscito por Vladimir Lidio Herrera Medina, y por dicho efecto se amplió la demanda solicitando que se rescinda el contrato de 14 de septiembre de 2010 conforme al escrito de fs. 34 que fue admitió en fs. 35 a partir de ello sucedieron las consecuencias como la minuta de 15 de julio de 2011 y la E.P. Nº 961/2011; señala que la misma fue introducida en el Auto de fs. 82 que fija los puntos de hechos a ser demostrados y en sentencia de decidió sobre dicho contrato, deduciendo que se aplicó indebidamente el art. 190 del Código de Procedimiento Civil al caso presente
- Basualdo y otro
- Proceso: Rescisión de contrato
- Distrito: La Paz
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada dicha resolución por los demandados se pronuncia el Auto de Vista de fs
- II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Asimismo describe el art
- También acusa vulneración del art
- Por lo que solicita se anule el Auto de Vista y se disponga se dicte
- Los demandados contestan el recurso, describiendo el carácter interno y externo de la congruencia, para
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- En el ámbito doctrinario tenemos el criterio de HERNANDO DEVIS ECHANDÍA, quien en su obra
- Sobre la forma de aplicación del principio de verdad material, este Tribunal ha emitido el
- En esta misma lógica la SCP 0140/2012 de 9 de mayo, razonó lo siguiente: “Desde
- En este sentido acudiendo al derecho comparado la Sentencia T-264/09 de la Corte Constitucional de
- La verdad, desde el primer punto de vista no resulta relevante e, incluso, puede convertirse
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- El Juez entre sus puntos esenciales dedujo lo siguiente: “…se evidencia que la demandada perfeccionó
- Consiguientemente se tiene que el Juez de la causa emitió su fallo considerando el precio
- De acuerdo a lo expuesto corresponderá al Tribunal de alzada conocer el recurso de apelación
- Correspondiendo dictar Resolución conforme determina el art. 220.III del Código Procesal Civil
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
