Auto Supremo AS/1158/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1158/2016

Fecha: 07-Oct-2016

Que se debe tomar en cuenta que la falta de consentimiento no fuera causal de

Que se debe tomar en cuenta que la falta de consentimiento no fuera causal de nulidad sino de anulabilidad, que sin embargo no obstante no haber hecho esa diferenciación para declarar la nulidad del contrato, por los antecedentes se advertiría que existiría causa y motivo ilícito en la formación del contrato que refiere, señala que las pruebas fueran relevantes, porque la demandante fuera analfabeta, que esa situación le haría vulnerable para ser víctima de engaño