Auto Supremo AS/1206/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1206/2016

Fecha: 24-Oct-2016

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

Por lo anteriormente señalado, corresponde resolver en la forma prevista en los arts. 106. I y el 220.III num. 1) inc. a) del Código Procesal Civil
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los arts. 106. I y 220. III num. 1) inc. a) del Código Procesal Civil, ANULA obrados hasta fs. 36 vta., inclusive sin reposición, debiendo la parte actora acudir a la vía llamada por ley conforme se tiene indicado en el presente Auto Supremo