Auto Supremo AS/1233/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1233/2016

Fecha: 28-Oct-2016

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3.- Que de la lectura del documento de fs. 8-9 vta., 320/2013 protocolizado el 28 de febrero de 2013, se haría referencia a la venta de bien inmueble que se describe fijando un precio y pagando la suma señalada, pero que el inmueble tenía un gravamen resaltando que “ha quedado suspendida la compra-venta que efectuaban, mientras se consolide la hipoteca…”, se hace referencia a la devolución de $us 10.590, quedando un saldo de $us. 19.682, monto sobre el cual se constituirían deudores Rosa Rossi de Ricaldi y Silvia Ricaldi Rossi y que ambas asumirían el compromiso de sanear el inmueble (deshipotecar) o por el contrario cancelar la última suma señalada en un plazo de 15 días a partir del 15 de septiembre de 2000, que vencería el 30 del mes y año señalado. Se consignaría que los esposos Moscoso podría proseguir la acción legal correspondiente. Advierten que las partes dejaron en suspenso la compra-venta del inmueble, que los compradores reciben la suma de $us. 10.590 entre tanto se deshipoteque, otorgándose un plazo de 15 días a los vendedores para desgravar la hipoteca o devolver el saldo, por su parte los compradores en caso de incumplimiento, proseguir la acción legal pertinente