Auto Supremo AS/0904/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0904/2016-RA

Fecha: 18-Nov-2016

Asimismo, cita los Autos Supremos 277 de 13 de agosto de 2008, 89/2012 de 25


Asimismo, cita los Autos Supremos 277 de 13 de agosto de 2008, 89/2012 de 25 de abril, 200/2012-RRC de 24 de agosto y 249/2012-RRC de 10 de octubre, precisando que establecen la prohibición al Tribunal de alzada de cambiar la situación jurídica del imputado de absuelto a condenado o viceversa, no encontrándose dicha facultad dentro del alcance del art. 413 última parte del CPP, debido a que requiere imprescindiblemente valorar la prueba, debiendo el Tribunal de alzada aplicar lo dispuesto por el art. 414 del CPP, tomando en cuenta la limitación contenida en dicho precepto legal referida a corregir los errores de derecho en la fundamentación de la resolución impugnada que no influyan en la parte dispositiva, razonamientos que el Tribunal de apelación en su caso no aplicó; por cuanto, excedió la labor de controlar la valoración de la prueba evaluada por el inferior, al emitir una nueva Sentencia condenándole, cuando lo correcto, detectándose que la Sentencia incurrió en los defectos detallados, era anular la Sentencia total o parcialmente, ordenando la reposición por otro Tribunal