Auto Supremo AS/1258/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1258/2016

Fecha: 07-Nov-2016

Deducido el recurso de apelación por la demandada y remitida la misma ante la instancia

Deducido el recurso de apelación por la demandada y remitida la misma ante la instancia competente, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista N° 246/2015 anuló obrados hasta fs. 181, debiendo observarse el tramite prescrito en el fallo, advirtiendo que el Juez A quo, una vez planteado el recurso de apelación, y la recusación sustanció su pedido mediante la emisión del decreto d fs. 181 que dispuso traslado y pronunciamiento sobre la recusación; señalando al respecto que le correspondía al Juez el pronunciamiento de viabilidad o rechazo en cuyo segundo caso corresponderá a la autoridad remitir antecedentes ante la autoridad competente en el plazo de tres días (art. 353.III del Código Procesal Civil); habiendo el Juez A quo interrumpido la tramitación d la recusación aditiva en el primer considerando del recurso de apelación negando incluso la remisión del incidente ante el Tribunal de revisión aspecto que representaría un infracción al procedimiento recusatorio y un exceso inadmisible que debería ser corregido