La doctrina orienta que tres son los presupuestos para la procedencia de la acción reivindicatoria:
La doctrina orienta que tres son los presupuestos para la procedencia de la acción reivindicatoria: 1) que el actor cuente con derecho propietario de la cosa a reivindicar; 2) que esté privado o destituido de ésta; 3) que la cosa se halle plenamente identificada; respecto a esta acción real, la uniforme jurisprudencia emitida por la ex Corte Suprema de Justicia, que es compartida por este Tribunal Supremo, expresó con claridad que la reivindicación como acción de defensa de la propiedad se halla reservada al "propietario que ha perdido la posesión de una cosa" y que el derecho propietario, por su naturaleza, conlleva la "posesión" emergente del derecho mismo, consiguientemente no necesariamente debe estar en posesión corporal o natural del bien, habida cuenta que tiene la "posesión civil" que está integrada en sus elementos "corpus y ánimus"”
- de
- Distrito: Santa Cruz
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En relación al Auto de 22 de septiembre de 2011 de fs
- Con relación al recurso de apelación de fs
- II.1.- Del contenido del recurso se resume lo siguiente
- III.- DE LA DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- La doctrina orienta que tres son los presupuestos para la procedencia de la acción reivindicatoria:
- III
- Ante esa suerte de confusión, lógicamente que se hace inviable la pretensión de reivindicación y
- Ante esa situación este Tribunal con el fin de no causar perjuicio en los derechos
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
