Auto Supremo AS/1271/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1271/2016

Fecha: 07-Nov-2016

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1.- Al recurso de Jorge Mendoza Aruquipa, señala luego de la referencia a varios autos supremos, que la simple mención parcializada del recurrente, sin especificar la Ley o leyes violadas carece de valor para fundar el recurso de casación, no especificaría cual el error de apreciación, violación de la Ley o alguna otra causa de casación, que el mejor derecho de propiedad y la preferencia a su favor se establecería y fluiría del art. 1545 del Código Civil que el recurrente no podría desconocer. Que la adjudicación tuviera respaldo legal, que no habría infracción de las normas vigentes a su tiempo. Concluye por solicitar se declare infundado