Auto Supremo AS/1271/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1271/2016

Fecha: 07-Nov-2016

Expuesto esos antecedentes, corresponde precisar que, el mejor derecho de propiedad, previsto en el art

Expuesto esos antecedentes, corresponde precisar que, el mejor derecho de propiedad, previsto en el art.1545 del Código Civil señala: “Si por actos distintos ha transmitido el propietario los mismos inmuebles a diferentes personas, la propiedad pertenece al adquiriente que haya inscrito primero su título.” De lo que se extracta que procede la acción de “mejor derecho de propiedad”, cuando hay más de un propietario o persona que alegue dominio sobre un mismo bien, en cuyo caso se refiere que hay controversia, disputa y conflicto del derecho de propiedad. Es decir, ese mejor derecho que exige a quien invoca la demostración de haber comprado el inmueble de un mismo dueño o el antecedente dominial primigenio demuestre que se trató de un vendedor común y que el peticionante hubiere registrado primero su derecho propietario en las oficinas de Derechos Reales, esto para ser oponible frente a terceros; presupuestos, que no concurren en el presente caso, en consideración a que tanto la demandante como el demandado cuentan con vendedores distintos y la concurrencia de circunstancias diferentes