Auto Supremo AS/1271/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1271/2016

Fecha: 07-Nov-2016

Así expuesto los antecedentes, en el sub lite, los de instancia debieron tomar en cuenta

Así expuesto los antecedentes, en el sub lite, los de instancia debieron tomar en cuenta la tradición de dominio que existió en ambos títulos y establecer mediante el análisis de esa cadena, para determinar de manera correcta a quien le correspondía el mejor derecho propietario, ya que contrastando ambos derechos propietarios y siguiendo las tradiciones dominiales, el derecho propietario de Jorge Mendoza Aruquipa resulta anterior al de la demandante; en consecuencia, ese derecho que se opone al de la actora debe ser preferido, en razón a que el derecho propietario de Susana Imaña Vda. de Saldaña es posterior, toda vez que su registro data al año 1975 como se señaló la Alcaldía Municipal a tiempo de la transferencia -Minuta de fecha veintiséis de agosto de mil novecientos setenta y cuatro-, no refirió antecedente dominial alguno, ni demostró ser propietaria del predio dispuesto en adjudicación en ese momento