Auto Supremo AS/1278/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1278/2016

Fecha: 07-Nov-2016

Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 1.000

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por los art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.II del Código de Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 391 a 394 vta., de Ceferino Gareca Nieves y Hermelinda Eulalia Vargas Ochoa de Gareca y el recurso de casación de Marcela Martha Gutiérrez de fs. 403 a 407 vta., ambos contra el Auto de Vista de fecha 22 de mayo de 2015 de fs. 371 a 376, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, con costas y costos.
Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 1.000