-En el último considerando de la resolución de primera instancia, se dispuso: “…revisadas las boletas
Amparados en el principio de legalidad y verdad material, consideramos pertinente tener presente lo siguiente:
-En el caso de autos, la escala de porcentajes, correspondiente al bono de antigüedad, contenida en el art. 60 del D.S. Nº 21060, tiene como base de cálculo la sumatoria de tres salarios básicos, aspecto que el mismo recurrente admite en su escrito de casación.
-El salario mínimo nacional, históricamente se ha ido modificando mediante Decretos Supremos, emitidos por el Órgano Ejecutivo, por ejemplo:
Gestiones200920102011
SMN en bolivianos647679,50815,40
Decreto SupremoNº 16Nº 497Nº809
Fecha de promulgación19/02/200901/05/201002/03/2011
Se debe tener presente que el SMN, se dispone en forma reactiva a partir de enero, de la gestión
correspondiente
-En el último considerando de la resolución de primera instancia, se dispuso: “…revisadas las boletas de pago de los tres últimos meses los mismos no coinciden con estos datos que deberían ser plasmados en las boletas de la gestión 2010 y la última de enero/2011 (fs. 59-Anexo).Y considerando la antigüedad del trabajador y al no establecerse estos montos en las boletas de pago corresponde el reconocimiento de la diferencia de los últimos 13 meses, de la gestión 2010 y enero/2011 considerando que en las demás gestiones se consolido correctamente el bono de antigüedad”. (Textual)
-En el caso de autos, la escala de porcentajes, correspondiente al bono de antigüedad, contenida en el art. 60 del D.S. Nº 21060, tiene como base de cálculo la sumatoria de tres salarios básicos, aspecto que el mismo recurrente admite en su escrito de casación.
-El salario mínimo nacional, históricamente se ha ido modificando mediante Decretos Supremos, emitidos por el Órgano Ejecutivo, por ejemplo:
Gestiones200920102011
SMN en bolivianos647679,50815,40
Decreto SupremoNº 16Nº 497Nº809
Fecha de promulgación19/02/200901/05/201002/03/2011
Se debe tener presente que el SMN, se dispone en forma reactiva a partir de enero, de la gestión
correspondiente
-En el último considerando de la resolución de primera instancia, se dispuso: “…revisadas las boletas de pago de los tres últimos meses los mismos no coinciden con estos datos que deberían ser plasmados en las boletas de la gestión 2010 y la última de enero/2011 (fs. 59-Anexo).Y considerando la antigüedad del trabajador y al no establecerse estos montos en las boletas de pago corresponde el reconocimiento de la diferencia de los últimos 13 meses, de la gestión 2010 y enero/2011 considerando que en las demás gestiones se consolido correctamente el bono de antigüedad”. (Textual)
- VISTOS: Los recursos de casación, el primero cursante de fs
- Esteban Escobar Uruchi, por escrito de fs
- IMCRUZ, por escrito de fs
- IMCRUZ, en su recurso de casación en el fondo, cursante de fs
- Con estos argumentos pide que este Tribunal case el Auto de Vista en cuanto al
- 2
- No podía el trabajador percibir ambos conceptos por constituirse un pago doble por el mismo
- En mérito a estos argumentos, pide que se case el Auto de Vista, en cuanto
- 3
- En consecuencia el pago de Bs6
- En resumen, IMCRUZ, en la parte final de su recurso de casación, pide se case
- 1
- Consiguientemente no correspondía en el caso de autos aplicar la prescriptibilidad prevista en el art
- Con relación al recurso de casación en el fondo, presentado por IMCRUZ, mediante su representante,
- El actor recién habría cumplido 11 años de servició el 1º de enero de 2011,
- -En el último considerando de la resolución de primera instancia, se dispuso: “…revisadas las boletas
- Si ingreso a trabajar el 01/Ene/2000, al 31/Dic/2009 habría cumplido con 10 años de antigüedad
- En el caso de autos, implica que el trabajador debía haber recibido a partir del
- Esto implica que sumando tres (3) SMN, el resultado es Bs
- Por las Boletas de Pago cursantes de fs
- -El SMN que debe tomarse como base para la gestión 2010 es de Bs
- -De 01/2010 a 05/2010 se pagó Bs
- -De 06/2010 a 11/2010 se pagó Bs
- -En el mes de diciembre de 2010 se habría consignado correctamente el Bono de Antigüedad,
- -En enero de 2011 se pagó Bs
- Sumando los tres remanentes Bs
- -En el caso de autos se asume, correcta la decisión de la autoridad judicial de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
