Auto Supremo AS/0460/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0460/2016

Fecha: 05-Dic-2016

Con estos argumentos pide que este Tribunal case el Auto de Vista en cuanto al

En el caso concreto –indica la parte recurrente-, el trabajador recién cumplió 11 años de servició el 1º de enero de 2011, consiguientemente lo justo y correcto era que se le calcule el 18% hasta esta fecha y a partir de ahí el 26%, lo que no habría ocurrido en el presente caso, habiendo erróneamente la autoridad judicial correspondiente, dispuesto que el porcentaje para el pago del Bono de Antigüedad sea equivalente al 26%.
Con estos argumentos pide que este Tribunal case el Auto de Vista en cuanto al Bono de Antigüedad y se ordene que el juez de origen proceda a la liquidación de los meses de noviembre y diciembre de 2010, con el 18% y los haberes básicos mensuales correspondientes a dichos meses, en cuanto al cálculo del bono de antigüedad, en la liquidación respectiva