Auto Supremo AS/0467/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0467/2016

Fecha: 05-Dic-2016

Refiere que el fundamento normativo del art

Refiere que el fundamento normativo del art. 220.III.a) no solo es erróneo sino que no existe en el CPC. Por otro lado señala que, la recurrente al afirmar que el auto de vista ha sido dictado sin competencia, no hace referencia a ninguna normativa que autorice la nulidad de obrados, y menos en las causales señaladas en el art. 254 del CPC