Sobre el reclamo relacionado a que el fallo se apartó del objeto real de la
Sobre el reclamo relacionado a que el fallo se apartó del objeto real de la demanda que era la sobre posición del loteamiento realizado por el demandado, debemos decir que el objeto principal del presente caso es la reivindicación del inmueble, y no la sobreposición del loteamiento realizado por el demandado, como equivocadamente entiende el recurrente. Asimismo el Juez de la causa en la audiencia preliminar fijo como un punto de hecho a probar para la parte demandada que la propiedad del actor es diferente en ubicación como en dimensiones respecto a la propiedad del demandado, aspecto que tiene que por finalidad demostrar que la propiedad que reclama el demandante, hoy recurrente, no es la misma que la del demandado, situación que se ha demostrado en el presente caso a través del informe pericial producido en audiencia preliminar, no existiendo sobreposición entre ambas propiedades, sino que conforme lo determinaron los jueces de instancia, el lote del demandante se encuentra ubicado en la parcela 42 y del demandado en la parcela 43., razón por la cual declararon la demanda de reivindicación improbada
- Partes: José Fernando Martínez Torres. c/ Pablo Caballero Gonzáles
- Proceso: Reivindicación
- Distrito: Chuquisaca
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esta resolución la parte demandante interpuso recurso de apelación cursante de fs
- En la forma
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- En el fondo
- El demandando indica que el art
- En cuanto al fondo la Sala de apelación al confirmar la Sentencia de primera instancia
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- El fundamento del Principio de Convalidación, tiene su esencia en que una persona que es
- Razonamiento que tiene relación con lo señalado en la SCP Nº 1420/2014 de 7 de
- III.2.- En relación a la valoración de la prueba
- Respecto a lo anterior el Auto Supremo Nº 410/2015 de 09 de junio, ha concretado
- Por otra parte el Auto Supremo Nº 184/2015 de 11 de marzo, al referirse a
- III.3.- De la reivindicación
- Sobre lo acusado diremos que de la revisión del acta de audiencia preliminar cursante de
- Al margen de ello conforme lo determina el art
- Sobre lo acusado diremos que los artículos que el recurrente acusa como vulnerados se refieren
- En ese sentido el recurrente acusa la violación del el art
- De la revisión del proceso y concretamente de la reposición planteada por memorial de fs
- De lo expresado se establece que el Juez de la causa rechazó el recurso de
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- Sobre lo reclamado diremos que los artículos que acusa el recurrente como vulnerados están referidos
- Sobre el reclamo relacionado a que el fallo se apartó del objeto real de la
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- Al respecto diremos que si bien el demandante ha demostrado el derecho propietario que tiene
- Sobre lo acusado diremos que la valoración de la prueba les corresponde a los jueces
- En cuanto a que el derecho propietario del demandante, no tiene ninguna validez, debiendo cancelarse,
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
