Auto Supremo AS/1383/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1383/2016

Fecha: 05-Dic-2016

Sobre lo acusado diremos que la valoración de la prueba les corresponde a los jueces


2.- Acusa error de hecho y de derecho en la valoración de la prueba, porque los títulos del recurrente acreditan el derecho propietario legítimo, mientras que los títulos del demandado no tienen ninguna validez y debieron cancelarse por tratarse de un contrato nulo.

Sobre lo acusado diremos que la valoración de la prueba les corresponde a los jueces de instancia que conforme la doctrina aplicable en el punto III. 2, esta valoración es incensurable en casación para decidir la causa, a no ser que se acuse error de hecho y de derecho, tomando en cuenta las pruebas esenciales y decisivas, tal como se infiere de los arts. 1286 del Código Civil y 397 de su Procedimiento, equiparable actualmente al art. 145 del Código Procesal Civil. En ese sentido los jueces de instancia valoraron las pruebas aportadas al proceso, considerando el derecho propietario que tiene el demandante respecto a la parcela 42 y el derecho propietario del demandado respecto a la parcela 43, estando ambos derechos propietarios inscritos en Derechos Reales. Al margen de ello valoraron que el derecho propietario de la parte demandada, conforme al informe pericial de oficio de fs. 278 a 286 introducido en audiencia complementaria conforme sale de fs. 290-295 estableciendo que el demandado Pablo Caballero tiene plano aprobado por la Alcaldía, siendo su lote de terreno totalmente urbanizado y el lote que corresponde al demandante no, correspondiéndole la parcela 43, lo que demuestra con absoluta claridad que son dos lotes diferentes, tanto en ubicación como en superficies