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    Auto Supremo AS/1395/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1395/2016

    Fecha: 05-Dic-2016

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    • Proceso: Cumplimiento de obligación
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA
    • Tampoco es cierto el argumento que en el presente caso se habría operado la imposibilidad
    • Señalan que el Tribunal de apelación no ha subsumido correctamente los hechos probados en la
    • Francesco Messineo en su Obra “Doctrina General del Contrato” Tercera Edición, en lo más sobresaliente
    • Ejemplo de imposibilidad temporaria es el de la puesta provisoria de una cosa fuera del
    • Pero la imposibilidad temporaria que perdure no puede conducir igualmente a la extinción de la
    • Estar dentro de los términos de aplicación del art
    • Si el acto proviene de un tercero por el que debe responder el deudor, no
    • Continua indicando; “La inejecución es definitiva cuando el hecho que la produce, por su propia
    • Es provisional cuando el impedimento que obsta a la ejecución es transitorio, v
    • “Requisitos de la imposibilidad
    • “Este es el requisito básico de la presente figura extintiva, que ha de consistir en
    • “El segundo requisito de esta figura es el carácter definitivo de la imposibilidad de pago
    • Es pertinente aclarar que, cuando el nombrado autor alude al término “pago”, no se refiriere
    • IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • En el caso presente, el Ad-quem llegó a la conclusión de que existe imposibilidad temporal
    • Por cuya razón, la obligación de suscripción de la minuta definitiva de transferencia y entrega
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Bolivianos)
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.

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