Auto Supremo AS/0015/2016-I
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0015/2016-I

Fecha: 29-Feb-2016

Al respecto debe anotarse que, el recurso extraordinario de casación fue instituido con la finalidad

Al respecto debe anotarse que, el recurso extraordinario de casación fue instituido con la finalidad de efectuar el control a las resoluciones que pueden contener vulneraciones a los derechos de los litigantes; en nuestro ordenamiento jurídico se encuentra normado en los arts. 210 del CPT y, 250 y siguientes del CPC.1975, que establecen los recursos de casación en el fondo y en la forma o en ambos a la vez. Así, el recurso de casación en el fondo es aquel medio de impugnación contra las resoluciones del inferior que en la apreciación de las pruebas se hubiera incurrido en error de hecho o de derecho (art. 253 del CPC.1975). Mientras que el recurso de casación en la forma, se funda en errores en el procedimiento, referidos a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, enumeradas igualmente para cada caso en concreto (art. 254 del CPC.1975)