Auto Supremo Nº 29/2016
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 29/2016
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 29/2016
- Auto Supremo Nº 29/2016
- Expediente: SC-CA.SAII-PDO.224/2015
- Distrito: Pando
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social de beneficios sociales, el Juez de Trabajo, Seguridad
- En grado de apelación deducida por Tatiana Mónica Sejas Condori en representación legal de la
- I
- Manifiesta respecto del subsidio de frontera, en base a la prueba aportada como son los
- Expresa que toda contratación bajo la partida 12100, no debe generar pago de aguinaldo ni
- Bajo la interpretación del citado Decreto Supremo, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas expresa
- Así también el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, expresa mediante OF
- Concluye solicitando que, en aplicación del art
- El reclamo se concentra en el pago del bono frontera y el pago en dinero
- Que, en principio, es menester hacer alusión a la errónea interpretación de la ley, refiriendo
- En ese contexto, en el caso en análisis, el subsidio o bono de frontera, cumple
- En la especie, en cuanto al subsidio de frontera, regulado por el Reglamento del DS
- Que, en ese marco legal, se concluye, que el auto de vista impugnado, se ajusta
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin costas, en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
