Auto Supremo AS/0078/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0078/2016-RA

Fecha: 10-Feb-2016

En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se advierte que el recurrente argumenta en


En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se advierte que el recurrente argumenta en un primer motivo que el Auto de Vista vulneró su derecho a la defensa y al debido proceso e incumplió la previsión del art. 411 del CPP, al no notificar en el domicilio procesal señalado con el señalamiento de audiencia de fundamentación de apelación restringida, aspecto que además constituye un defecto absoluto no susceptible de convalidación; e invoca como precedentes los Autos Supremos 255/2012-RRC de 16 de octubre, 362 de 5 de abril de 2007 y 372 de 22 de junio de 2004, que a decir del recurrente el primero referido a que la falta de notificación con el señalamiento de audiencia de fundamentación oral del recurso de apelación, implica violación al derecho de defensa, al debido proceso y al principio de publicidad, el segundo establece el señalamiento de audiencia de fundamentación aún de oficio por el Tribunal de alzada, y el tercero establece que el Tribunal de alzada no puede omitir señalar audiencia de fundamentación oral, cuando se ha solicitado expresamente dicha audiencia; cumpliendo así las exigencias previstas en los arts. 416 y 417 del CPP para su admisión