Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
c) Notificada la acusadora particular con el mencionado Auto de Complementación y Aclaración, el 8 de septiembre de 2015 (fs. 329), interpuso recurso de casación, el 11 del mismo mes y año, el cual es objeto del presente análisis de admisibilidad.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios:
1) Una vez que la demandante expone los antecedentes del proceso penal objeto del presente recurso, denuncia que el Auto de Vista impugnado en el punto dos de su Segundo Considerando, sostiene que el Juez A quo vulneró lo establecido en los arts. 290 y 341 del Código de Procedimiento Penal (CPP), aspecto incoherente; habida cuenta, que ambas normas determinan los requisitos y la forma de presentación de la querella o la acusación, ya sea pública o particular; y si en el caso, se hubieran vulnerado estas normas, la acusada tenía en su momento, la facultad de objetar la acusación particular, de conformidad con la previsión contenida en el art. 291 del precitado cuerpo legal, más si se tiene en cuenta, que dicho actuado es la base del juicio oral, tal como prevé el art. 342 del CPP
- Por memorial presentado el 11 de septiembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, la imputada Ana Benita Magne Laruta, formuló recurso de apelación
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- 3) Por otra parte, alega que el Auto de Vista 30/2015 en el punto tres
- 4) Alega que la Sentencia se encuentra debidamente fundamentada, consignando todos y cada uno de
- 5) Finaliza señalando que el Auto emitido en alzada y su complementario, se encuentran viciados
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En cuanto al primer agravio denunciado, referido a que supuestamente el punto dos del Segundo
- En este estado del análisis conviene recordar que como una de las exigencias de admisibilidad
- En consecuencia, ante la falta de claridad del supuesto agravio provocado por las actuaciones del
- Corresponde señalar que la labor de este Tribunal Supremo de Justicia, se encuentra restringida a
- Dicho ello, de la revisión del presente agravio denunciado por la recurrente se puede establecer;
- Con relación a lo señalado es necesario precisar que la naturaleza jurídica y alcances del
- Consiguientemente, por las razones expuestas precedentemente, esta Sala se encuentra impedida de abrir su competencia
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
