Por memorial presentado el 11 de septiembre de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 083/2016-RA
Sucre, 10 de febrero de 2016
Expediente: La Paz 173/2015
Parte Acusadora : Verónica Varinia Vásquez Aguilera
Parte Imputada: Ana Benita Magne Laruta
Delitos : Difamación y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 11 de septiembre de 2015, cursante de fs. 330 a 334, Verónica Varinia Vásquez Aguilera, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 30/2015 de 2 de abril, de fs. 320 a 322 y el Auto Complementario de 23 de julio de 2015 fs. 328 y vta., pronunciados por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Ana Benita Magne Laruta, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia y Propalación de Ofensas, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 285 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 083/2016-RA
Sucre, 10 de febrero de 2016
Expediente: La Paz 173/2015
Parte Acusadora : Verónica Varinia Vásquez Aguilera
Parte Imputada: Ana Benita Magne Laruta
Delitos : Difamación y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 11 de septiembre de 2015, cursante de fs. 330 a 334, Verónica Varinia Vásquez Aguilera, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 30/2015 de 2 de abril, de fs. 320 a 322 y el Auto Complementario de 23 de julio de 2015 fs. 328 y vta., pronunciados por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Ana Benita Magne Laruta, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia y Propalación de Ofensas, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 285 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 11 de septiembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, la imputada Ana Benita Magne Laruta, formuló recurso de apelación
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- 3) Por otra parte, alega que el Auto de Vista 30/2015 en el punto tres
- 4) Alega que la Sentencia se encuentra debidamente fundamentada, consignando todos y cada uno de
- 5) Finaliza señalando que el Auto emitido en alzada y su complementario, se encuentran viciados
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En cuanto al primer agravio denunciado, referido a que supuestamente el punto dos del Segundo
- En este estado del análisis conviene recordar que como una de las exigencias de admisibilidad
- En consecuencia, ante la falta de claridad del supuesto agravio provocado por las actuaciones del
- Corresponde señalar que la labor de este Tribunal Supremo de Justicia, se encuentra restringida a
- Dicho ello, de la revisión del presente agravio denunciado por la recurrente se puede establecer;
- Con relación a lo señalado es necesario precisar que la naturaleza jurídica y alcances del
- Consiguientemente, por las razones expuestas precedentemente, esta Sala se encuentra impedida de abrir su competencia
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
