De los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
De los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos:
II.1. Recurso de casación de Grover Guzmán Gonzales
1) El recurrente denuncia “Violación de la garantía jurisdiccional del proceso transparente, provocado por la adulteración de la fecha del Auto de Vista como defecto absoluto” (sic), arguyendo que fue dictado en fecha posterior al 24 de febrero de 2011, que originalmente señalaba “26” de febrero de 2011 y con el ánimo de ajustarse al plazo del art. 411 del Código de Procedimiento Penal (CPP), evitando una inminente perdida de competencia, ha sido ilegalmente borroneado y corregido a fecha “24” de febrero de 2011, sin haberse tomado la molestia de “salvarse” esta corrección provocando defecto absoluto sancionado por el art. 169 inc. 3) del CPP; además, refiere que no tomó en cuenta que es un documento público y autentico y por ello no debe dejar dudas sobre su verosimilitud; por lo mismo, no cumple la previsión del art. 360 del CPP, vulnera la garantía del debido proceso y transparencia contenidos en el art. 115.II. de la Constitución Política del Estado (CPE), el principio de legalidad, seguridad jurídica y el art. 411 del CPP. Invoca como precedente contradictorio, el Auto Supremo 48 de 30 de enero de 2002
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El 4 de abril de 2011 (fs
- De los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- b) Asimismo, reclama la “violación y aplicación errónea del art
- II.2. Recurso de casación de Oscar Montaño Vidal
- 1) El recurrente acusa que el recurso de apelación fue extemporánea (fuera de término), que
- 2) Denuncia que existe revalorización de los medios de prueba utilizados e incorporados dentro del
- 3) Finalmente, reclama atipicidad de la conducta, argumentando que a lo largo del proceso y
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 4 de abril de 2011 (fs
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se tiene
- Respecto, al primer motivo, el recurrente denuncia la adulteración de la fecha del Auto de
- Respecto al primer motivo, el recurrente acusa que el recurso de apelación fue presentado fuera
- Finalmente, con relación al tercer motivo, reclama atipicidad de la conducta, porque el tipo penal
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
