Auto Supremo AS/0090/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0090/2016-RA

Fecha: 10-Feb-2016

De los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos


II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN

De los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos:

II.1. Recurso de casación de Grover Guzmán Gonzales

1) El recurrente denuncia “Violación de la garantía jurisdiccional del proceso transparente, provocado por la adulteración de la fecha del Auto de Vista como defecto absoluto” (sic), arguyendo que fue dictado en fecha posterior al 24 de febrero de 2011, que originalmente señalaba “26” de febrero de 2011 y con el ánimo de ajustarse al plazo del art. 411 del Código de Procedimiento Penal (CPP), evitando una inminente perdida de competencia, ha sido ilegalmente borroneado y corregido a fecha “24” de febrero de 2011, sin haberse tomado la molestia de “salvarse” esta corrección provocando defecto absoluto sancionado por el art. 169 inc. 3) del CPP; además, refiere que no tomó en cuenta que es un documento público y autentico y por ello no debe dejar dudas sobre su verosimilitud; por lo mismo, no cumple la previsión del art. 360 del CPP, vulnera la garantía del debido proceso y transparencia contenidos en el art. 115.II. de la Constitución Política del Estado (CPE), el principio de legalidad, seguridad jurídica y el art. 411 del CPP. Invoca como precedente contradictorio, el Auto Supremo 48 de 30 de enero de 2002